Mes. Día.
Enero 13, 27
Marzo 17, 31
Abril 14, 28
Mayo 12, 26
Junio 9, 23
Julio 7, 21
Agosto 4, 18
Septiembre 1, 15, 29
Octubre 13, 27
Noviembre 10, 24
Diciembre 15, 29
El Comité de Ética de la Investigación de la Universidad Católica de Temuco, dependiente de la Vicerrectoría de Investigación y Posgrado, tiene por objetivo resguardar los estándares éticos de las investigaciones que involucren la participación de seres humanos y/ o animales, tanto de las áreas de las ciencias físico-químicas y naturales como también en las ciencias sociales.
Los invitamos a revisar nuestra página web.
En el presente calendario se señalan los días en los cuales el Comité de Ética de la Investigación de la Universidad Católica de Temuco sesionará durante el año 2022, los documentos para acreditación deberán ser presentados al menos 1 semana antes de cada sesión.
Mes. Día.
Enero 13, 27
Marzo 17, 31
Abril 14, 28
Mayo 12, 26
Junio 9, 23
Julio 7, 21
Agosto 4, 18
Septiembre 1, 15, 29
Octubre 13, 27
Noviembre 10, 24
Diciembre 15, 29
Para requerir la evaluación ética de un protocolo o proyecto de investigación, el investigador responsable, a través de la Dirección de Investigación, deberá presentar al secretario del Comité adjuntando en formato digital la siguiente documentación que debe ser enviada a María José Sanhueza, msanhuezap@uct.cl con copia a comité_etica@uct.cl
a) Solicitud en formato aprobado por el Comité. (anexo 1)
b) Proyecto de investigación.
c) Protocolo de manejo y cuidado de los animales en experimentación, si lo hubiere. (anexo 2)
d) Consentimientos y asentimientos informados, si fuese requerido según tipo de investigación y de acuerdo en el artículo 21 del reglamento del comité de ética. (anexo 3)
e) Currículum Vitae de los investigadores, acompañado de sus respectivos certificados de
título y grado.
f) Material de reclutamiento de las personas que serán objeto de la investigación, si fuere necesario.
g) Seguros asociados si los hubiere.
h) Certificación de bioseguridad de los laboratorios en que se desarrolle la investigación. En el caso de laboratorios de la Universidad Católica de Temuco se requerirá una certificación del Departamento de Prevención de Riegos o de una certificación externa.
En los casos en que por naturaleza de la investigación sea necesario contar con el consentimiento de los eventuales participantes en el proyecto de investigación se deberá:
a) Proporcionar información adecuada, suficiente y comprensible sobre la investigación, que permita tomar conocimiento de sus aspectos esenciales, en especial su finalidad, beneficios, riesgos potenciales, procedimientos, medidas reparatorias y costos posibles.
b) Obtener el permiso de un representante legal, si el participante no puede consentir por sí solo y el mismo sea procedente. De tratarse de participantes menores de edad, debe contarse con el asentimiento del mismo, cuando sea posible de acuerdo a su autonomía.
c) El documento de consentimiento informado no debe contener lenguaje exculpatorio.
d) Entregar al participante una copia del consentimiento y asentimiento.
e) Se dejará constancia del derecho a negar su autorización a participar en la investigación o de revocar su consentimiento en cualquier momento y por cualquier medio, sin que ello importe responsabilidad, sanción o pérdida de beneficio alguno.
f) Obtener acuerdo explícito. El Comité podrá evaluar en ciertos casos y, en la medida que la legislación o la normativa aplicable al protocolo o proyecto no lo prohíba, validar formas de consentimiento y asentimiento implícitos o diversos al escrito e incluso eximiciones.